Proponen sanciones mayores para llamadas falsas de emergencia en CDMX
El diputado Nazario Norberto Sánchez, propuso adicionar un párrafo al Artículo 211 Quáter del Código Penal para el Distrito Federal, a fin de sancionar a las personas que dolosamente realicen llamadas falsas a las líneas de emergencia en la Ciudad de México, para solicitar atención médica urgente para sí mismos, o para algún familiar y/o conocido.
En la exposición de motivos recalcó que esta conducta se debe sancionar porque este tipo de actos pueden generar falta de atención a personas que realmente necesitan ser atendidas y canalizadas de inmediato debido a su estado de salud.
En la sesión virtual del Congreso de la Ciudad de México, el presidente del Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas propuso cambios para establecer que comete el delito de uso indebido de servicios de emergencia la persona que de forma dolosa realice una llamada, aviso o alerta falsa a las líneas de emergencia a través de cualquier medio de comunicación, como teléfono fijo, móvil, radio, botón de auxilio, aplicaciones, internet o cualquier otro medio electrónico a números de emergencia.
Al responsable de esta conducta se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de diez a cien unidades cuantificables de medida y actualización. Se aumentará en una mitad la sanción prevista en el párrafo anterior, cuando se haya declarado emergencia sanitaria en la Ciudad de México, y la persona realice de forma dolosa llamadas de alerta falsa a las líneas de emergencia para solicitar atención médica urgente para sí misma o para terceros.
La iniciativa que fue turnada a Comisión de Administración y Procuración de Justicia, indica que en caso de que la llamada, aviso o alerta falsa a números de emergencias lo realice un adolescente se sancionará de acuerdo a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Este delito se perseguirá por querella.