Presentan iniciativa para que dueños de animales de compañía se hagan responsables en caso de que ataquen
Debido a la falta de responsabilidad en la tutela de animales de compañía, en su mayoría caninos, en espacios públicos y áreas comunes en condominios, el Diputado Carlos Hernández Mirón consideró que una redacción clara en la Ley de Cultura Cívica de las Ciudad de México y armonizarla con la Ley de Propiedad en Condominio de inmuebles para Distrito Federal en su Artículo 21, puede incentivar a la ciudadanía a cumplir con sus responsabilidades sociales y jurídicas.
La propuesta que fue enviada a las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y la de Desarrollo e Infraestructura Urbana y Vivienda en el Congreso de la Ciudad de México, propone que en el Artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, lo siguiente:
Son infracciones contra la seguridad ciudadana:
I.- Permitir el tránsito de un animal en tutela, posesión o propiedad, en vía pública, así como en áreas de uso común que se encuentren dentro de inmuebles constituidos bajo el régimen de propiedad en condominio, sin las medidas de seguridad necesarias de acuerdo con las características particulares del animal, para evitar cualquier eventualidad que pueda causarles daño a terceros.
Mientras que la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, quedaría de la siguiente manera:
Artículo 21.- Queda prohibido a los condóminos, poseedores y en general a toda persona y habitantes del condominio:
I… a VIII…
- Poseer animales que por su número, tamaño o naturaleza afecten las condiciones de seguridad, salubridad o comodidad del condominio o de los condóminos. En todos los casos, los condóminos, poseedores, serán absolutamente responsables de las acciones de los animales que introduzcan al condominio, observando lo dispuesto en la Ley de Protección de los Animales en el Distrito Federal, así como en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.