Dom. Sep 13th, 2026

RESUELVE TEPJF QUE EL ALCALDE DE COYOACÁN DIFUNDIÓ PROPAGANDA DE MANERA ILEGAL DURANTE LA VEDA ELECTORAL

 José Giovani Gutiérrez Aguilar vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad con los que debía conducirse en el periodo prohibido del proceso de revocación de mandato.

● El recurso promovido por MORENA, a través de la Diputada Martha Avila Ventura, determina que el alcalde violó el artículo 35 de la Constitución Federal y el 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el alcalde de Coyoacán, Giovanni Gutiérrez, realizó de manera ilegal promoción personalizada durante la veda electoral prevista para el pasado proceso de revocación de mandato.

Mediante un recurso promovido por MORENA, a través de la Diputada Martha Avila Ventura, Coordinadora del Grupo Parlamentario en el Congreso de la Ciudad de México, el TEPJF determinó que Gutiérrez Aguilar vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad con los que debía conducirse y, con ello, violó el artículo 35 de la Constitución Federal y el 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

De esta forma, se acredita la existencia de la conducta denunciada por Avila Ventura, consistente en la publicación de un video en YouTube y Facebook con el que Giovanni Gutiérrez difundió supuestos logros de su administración en materia de seguridad pública, infraestructura, servicios y atención a la ciudadanía.

“Las declaraciones del denunciado transgredieron los límites constitucionales y legales en el contexto del proceso de revocación de mandato, en el cual todas las personas del servicio público tenían la obligación de conducirse con neutralidad e imparcialidad, sin participación, y evitar la difusión de propaganda que pudiera poner en riesgo la libertad y decisión libre de la ciudadanía”, se lee en la notificación de la Sala Superior remitida el pasado 9 de mayo.

El TEPJF dio vista al órgano interno de control de la alcaldía Coyoacán y, a fin de darle mayor difusión, publicó su sentencia en el “Catálogo de sujetos sancionados [partidos políticos y personas sancionadas] en los Procedimientos Especiales Sancionadores”, disponible en la página de internet de la Sala Especializada.

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