Impulsan norma para sancionar al DRO y propietario de obras clausuradas
En el marco de la mesa de trabajo para analizar el problema de clausuras en construcciones en la Ciudad de México realizada en el Congreso local, legisladores coincidieron en la necesidad de incrementar y ajustar las sanciones en materia de quebrantamiento de sellos de clausura, y el excedente de pisos en obras de la capital.
El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Eduardo Santillán Pérez, sostuvo que el Congreso local deberá proponer una legislación que sancione penalmente al director responsable de obra y al propietario, pues son los garantes de que se conserve el estado de suspensión o clausura, “si bien no es aplicable la extinción de dominio en materia administrativa, se deben establecer mecanismos eficientes; y en materia exclusiva de excedentes de construcción pasar de una sanción de 5 por ciento del valor comercial por excedente de construcción al ciento por ciento”.
Reprochó la participación de autoridades en distintos niveles que han permitido la realización de obras irregulares, a través de despachos y grupos que aprovechan las circunstancias evidenciando casos de corrupción. De acuerdo con cifras de la PGJCDMX en lo que va del año hay cerca de 300 carpetas de investigación por quebrantamiento de sellos, y que de 2011 a 2019 el Tribunal Superior de Justicia conoció 61 casos y sólo en 23 se ha impuesto una sanción por el quebrantamiento de sellos.
Indicó, la problemática que buscan atender es que se respete el uso de suelo y la regulación jurídica en materia de construcciones, de establecimientos mercantiles, de protección civil y ambiental, y que los mayores instrumentos administrativos como son la suspensión de actividades, la clausura y las órdenes de demolición no están siendo lo suficientemente eficientes.
Subrayó, “hay un desacato permanente hacia los estados de suspensión y clausura en la Ciudad de México, que una serie de grupos organizados aprovechando esta debilidad del marco jurídico han encontrado un modus operandi, que permite la continuidad de construcciones al margen de la ley, buscando la construcción de obras irregulares”.
María Idalia Salgado Hernández, titular del INVEA aseguró que es una problemática muy grave, pues aunque se establece la suspensión de obras, éstas siempre concluyen, por lo que pidió endurecer el tipo penal. También indicó que la propuesta de extinción de dominio realizada por los alcaldes no es la ideal.
Informó, se realizan 200 reposiciones de sellos por violación de estados de clausura o de suspensión de obras y denunció la complejidad a la que se enfrentan cuando presentan ante el Ministerio Público al probable responsable de algún acto de quebrantamiento de sellos “ya que se remite a los trabajadores y no al DRO o al dueño”.
Asimismo, Estela Fuentes Jiménez, magistrada presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa local, aseguró que el marco jurídico que justifica la competencia del Tribunal con relación a esos temas, es adecuado a la problemática que se está planteando; sin embargo, sí incide con las malas prácticas que se han llevado a cabo.
Refirió, “las constructoras deben acreditar perfectamente que tienen todos los documentos que justifiquen los niveles de construcción, el uso de suelo, la manifestación de construcción, porque si no cumplen, tenemos el medio para condenar con la demolición de pisos excedentes, lo hemos hecho en muchas ocasiones”.
Asimismo, Rafael Guerra Álvarez, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, informó para el Poder Judicial local el tipo penal de quebrantamiento de sellos está en desuso, ya que únicamente se tienen registrados 65 expedientes durante los años 2011 a 2019, y sólo 23 llegaron a una sentencia.
Recalcó, “lo que hace falta, es aplicar una sanción no sólo al trabajador que violenta los sellos, sino al que da la orden o lo pide, al que utiliza a la persona para cometer un delito, es necesario ir más arriba porque el responsable es el que le ordena al trabajador, por ello es necesario establecer una forma para sancionar no sólo al que lo hace materialmente, sino al que da la orden”.