Mié. Jun 10th, 2026

Justicia Digital pendiente de aprobación para periodo extraordinario

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Congreso de la Ciudad de México, Nazario Norberto Sánchez, se promoverá la aprobación del dictamen de  justicia digital en el próximo periodo extraordinario de sesiones.

En entrevista reveló que se buscan los consensos para que se aprueben las reformas legales en la sesión extraordinaria que se planea se lleve a cabo en la primera semana del mes de julio.

«El pasado 23 de septiembre se aprobó en la Comisión con modificaciones, la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al Artículo 35 apartado A, de la Constitución Política de la Ciudad de México, presentada por un servidor y por el grupo parlamentario del PAN» aseveró.

Agregó que con las modificaciones se busca garantizar el acceso a la justicia de forma ágil y oportuna en el Poder Judicial, ya que a través del Consejo de la Judicatura; el Tribunal Electoral, el Sistema de Justicia Laboral y el Tribunal de Justicia Administrativa, todos de la Ciudad de México, contarán con un Sistema de Justicia Electrónica.

Esto significa que por el uso de las tecnologías de la información y la comunicación será posible  tramitar los juicios y sus instancias en forma electrónica, de manera alternativa y adicional a su tramitación escrita, de acuerdo con su naturaleza y formalidades esenciales.

En el dictamen aprobado se establece que el Poder Judicial a través del Consejo de la Judicatura, el Tribunal Electoral y el Tribunal de Justicia Administrativa, todos de la Ciudad de México, deberán implementar las plataformas, sistemas y herramientas tecnológicas necesarias para la modernización y adecuado funcionamiento del Sistema de Justicia Digital, de manera paulatina y de acuerdo a su propia suficiencia presupuestal, atendiendo enunciativa, pero no limitativamente la implementación del expediente electrónico; el empleo de firma electrónica; el uso de sellos y documentos electrónicos; la instauración de una Oficialía de Partes Virtual; y admisión en el desahogo de comunicaciones, exhortos, oficios, audiencias, notificaciones y demás diligencias judiciales mediante el uso del correo electrónico, mensaje de datos, videograbación, videoconferencia o cualquier otro formato electrónico que lo permita.

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