Mié. May 27th, 2026

Agravar pena de prisión a deudores alimentarios

Para dar respuesta a la demanda de ciudadanas contra los deudores alimentarios, el diputado del Grupo Parlamentario de Morena, Nazario Norberto Sánchez, ingresó en el Congreso de la Ciudad de México una iniciativa con el doble objetivo de endurecer las sanciones de cárcel y establecer un mínimo en el monto de los pagos de manutención.

Explicó que primeramente se hace una reforma a la sanción del artículo 194 del Código Penal para aumentar la pena de prisión, al agravarla de dos a cinco años a la persona que renuncie a su empleo o solicite licencia con el objeto de eludir el cumplimiento de la pensión alimenticia. Antes era de uno a cuatro.

Por otro lado, «se pretende que los juzgadores fijen la pensión alimenticia al establecer que el deudor alimentario cumpla con dicha obligación que no podrá ser inferior al 40% de su sueldo; y cuando no sean comprobables los ingresos del deudor, el juez resolverá en la sentencia una cantidad que no podrá ser inferior a por lo menos un salario mínimo vigente».

Para el propósito el proyecto de decreto adiciona un párrafo a la fracción III del Artículo 267, y se reforman los Artículos 309, 311 y 311 Ter; todos del Código Civil capitalino. Además se reforman el tercer párrafo del Artículo 193 y el Artículo 194, del Código Penal para la Ciudad de México. Se turnó a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y dictamen.

Nazario Norberto recordó que el pasado 25 de noviembre, cientos de mujeres salieron a las calles de esta capital para ejercer su facultad a disentir, así como sus derechos en torno al día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres y para exigir pensiones alimenticias justas. Al respecto, diversos colectivos feministas han solicitado a los legisladores actualizar las leyes y hacer efectivo su cumplimiento, por ejemplo, la «Ley Sabina» «propuesta que apoyamos totalmente», dijo.

El presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana consideró muy importante robustecer el marco legal que rige las pensiones alimenticias a nivel local, «ya que el Código Civil no menciona alguna cantidad como mínima para determinarse, porque en muchas ocasiones no es posible comprobar el salario del deudor, por lo que actualmente el juzgador fija la pensión con base en los pocos argumentos que promueven las partes».

De esta manera, se quiere detener la entrega de cantidades insultantes y totalmente fuera de la realidad como pensión, que van desde $500 a mil pesos mensuales. Además, la práctica ya muy común de que los deudores alimentarios oculten sus sueldos para no dar esta manutención.

En el año 2018 La Suprema Corte de Justicia resolvió que el Juez determine la capacidad económica real de los deudores y que, por oficio, recabe la información sobre todos los ingresos que permitan conocer su «flujo de riqueza».

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