
Comité de Transparencia del Congreso CDMX emite acuerdos en materia de reconstrucción
- Aprobó también una modificación en la integración de las personas responsables y usuarias en el RESDP de Mesa Directiva y JUCOPO
10.10.22. En sesión extraordinaria, el Comité de Transparencia 2022 del Congreso de la Ciudad de México aprobó cinco acuerdos para emitir declaratoria de inexistencia al mismo número de recursos de inconformidad, en materia de reconstrucción.
En este sentido, Miguel Ángel Gutiérrez Cabañas, secretario técnico de la Comisión de Reconstrucción, y Alfonso Vega González, coordinador de Servicios Parlamentarios, indicaron que tras realizar un rastreo exhaustivo en los archivos no se localizaron los datos requeridos por la persona solicitante.
En el acuerdo CT/SE-10-10-2022/04, se declara inexistencia de información en materia del recurso de revisiónRR.IP.1573/2022, con el que se dio cumplimiento al recurso de inconformidad relacionado con el expedienteINFOCDMX/RR.IP.1573/2022, identificado con el expediente RIA295/22, donde se solicitaba cumplir la obligación de transparencia con las personas afectadas durante los sismos de 2017.
Sobre el acuerdo CT/SE-10-10-2022/05 que declara inexistencia de información en materia del recurso de revisiónRR.IP.1574/2022, con el que se da respuesta al recurso de inconformidad relacionado con el expediente INFOCDMX/RR.IP.1574/2022, identificado con el expediente RIA305/22, la persona solicitante requería información emitida por el entonces comisionado de Reconstrucción, César Cravioto Romero.
En cuanto al acuerdo CT/SE-10-10-2022/06 que declara inexistencia de información en materia del recurso de revisión RR.IP.1575/2022, para dar cumplimiento a la resolución dictada dentro del recurso de inconformidad relacionado con el expediente INFOCDMX/RR.IP.1575/2022, identificado con el expediente RIA296/22; en esta petición se deseaba conocer si el entonces comisionado, Cravioto Romero, había sido citado y se había presentado a comparecer.
Al respecto, el secretario técnico de la Comisión de Reconstrucción, indicó que al elaborar la dictaminación al punto de acuerdo donde se pedía la comparecencia, se decidió eliminar el tercer resolutivo de la proposición, por lo que quedó sin efecto la solicitud para que el entonces comisionado rindiera cuentas ante el Congreso local.
De igual modo, el acuerdo CT/SE-10-10-2022/07 que declara inexistencia de información en materia del recurso de revisión RR.IP.1577/2022, el cual corresponde al recurso de inconformidad relacionado con el expediente INFOCDMX/RR.IP.1577/2022, identificado con el expediente RIA234/22, se dio esta respuesta porque el primer comisionado de Reconstrucción, Édgar Oswaldo Tungüí Rodríguez, no remitió información en la materia.
Asimismo, el acuerdo CT/SE-10-10-2022/08 declaróinexistencia de información en materia del recurso de revisión RR.IP.1583/2022, el cual corresponde al recurso de inconformidad relacionado con el expediente INFOCDMX/RR.IP.1583/2022, identificado con el expediente RIA300/22; donde la persona solicitante pidió informes mensuales respecto a las actividades realizadas por el comisionado César Cravioto Romero, sin embargo, éste hizo llegar informes trimestrales.
En todos los casos, se instruyó a la Unidad de Transparencia,para que, a través de la Secretaría Ejecutiva en funciones, senotifique al Órgano Interno de Control de esta Soberanía, a fin de que realice la investigación correspondiente, y en caso de así determinarlo inicie los procedimientos correspondientes de responsabilidad administrativa que correspondan.
Durante la sesión virtual, las personas integrantes del comité también aceptaron la emisión del acuerdo CT/SE-10-10-2022/02en el que se da cuenta de la modificación en la integración de las personas responsables y usuarias en el Registro y Consulta delos Sistemas de Datos Personales (RESDP) de la Mesa Directivay Junta de Coordinación Política, ambos órganos del Congreso local, así como de la diputada María de Lourdes Paz Reyes (PT), y de la Comisión de Pueblos, Barrios y Comunidades Indígenas Residentes.