Buscan sancionar con hasta 16 años de prisión el “hackeo” y el robo de identidad.
- Nazario Norberto Sánchez, presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso de la Ciudad de México, propuso lo anterior debido a que se ha incrementado este tipo de estafa en 54% con relación al 2020, según la CONDUSEF y la Asociación de Bancos de México.
Con el fin de enfrentar eficazmente las nuevas formas en las que se comete el delito de usurpación de identidad y la violación de las comunicaciones privadas y el hackeo, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Nazario Norberto Sánchez, presentó una iniciativa en el Congreso de la Ciudad de México, que impone al infractor penas que van de 1 a 16 años de prisión.
La propuesta pretende adicionar dos disposiciones, la primera: un artículo 211 Ter al Código Penal de la Ciudad de México para fagravar hasta en tres cuartas partes al que sin el permiso de quien legalmente deba otorgarlo y haciendo uso de tecnologías de la información, programas informáticos, software, hardware y cualquier otro medio tecnológico, por sí o por interpósita persona, usurpe la identidad de una persona; es decir que las penas para este delito con la agravante que se proponen serán de 1 año 9 meses a 8 años 9 meses de prisión.
Al mismo tiempo, también se adiciona una agravante al artículo 334 para el delito de Violación de la Comunicación Privada, ya que no necesariamente pueden robar las cuentas de whats app, o cualquiera otra aplicación para robar una identidad sino para obtener información. En este artículo se establece que las penas se incrementarán hasta en una tercera parte cuando haciendo uso de tecnologías de la información, programas informáticos, software, hardware y cualquier otro medio tecnológico, por sí o por interpósita persona acceda, desbloquee o intervenga teléfonos celulares o cualquier dispositivo de comunicación, aplicaciones electrónicas o equipos de cómputo sin el consentimiento de la persona que legalmente pueda otorgarlo. “De tal manera que las penas quedarían a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le impondrán de 2 años 8 meses a 10 años 8 meses de prisión, y a quien revele, divulgue, utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le impondrán de 4 a 16 años 4 meses de prisión”.
En tribuna, Nazario Norberto dijo que según datos del Consejo Económico y Social de la ONU, la usurpación de identidad es el delito de más rápido crecimiento en el mundo, sin que existan acciones legislativas eficientes y que atiendan a los usos y costumbres. A su vez, el Banco de México señaló que desde 2019 nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este ilícito porque en 67% de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, en 63% por el robo de carteras y portafolios, y en 53% por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.
“Al mismo tiempo, la CONDUSEF y la Asociación de Bancos de México, señalan que los casos de robo de identidad, a través de la suplantación de páginas digitales de las instituciones financieras han tenido un crecimiento importante y son las personas adultas mayores las más vulnerables, lo anterior en virtud de que el registro de reclamaciones por este tipo de fraudes fue de 49 mil 871 en 2021, lo que representa el 1% del total de las quejas registradas en ese año; no obstante, representa un incremento del 54% sobre este tipo de estafa, con relación al año 2020” destacó.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y dictamen.