Jue. May 28th, 2026

Dan a conocer lineamientos sobre expropiaciones para la reconstrucción

El gobierno capitalino dio a conocer que en la Gaceta Oficial se publicó los lineamientos generales para la integración y tramitación de los expedientes de expropiación para la Reconstrucción integral de la Ciudad de México, los cuales entrarán en vigor mañana.

Mencionó que en el proceso intervienen la Comisión para la Reconstrucción (Comisión), las secretarías de Gobierno (Secgob) y de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, y por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR); el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (RPPyC) y la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.

Explicó, según los lineamientos, la Comisión para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México (Comisión) promoverá la expropiación de bienes inmuebles y presentará una solicitud de determinación de utilidad pública ante la Secretaría de Gobierno. El expediente incluirá la exposición de motivos que estime la procedencia de la expropiación así como una justificación consistente en dictámenes y estudios técnicos que acrediten la existencia de la causa de utilidad pública.

Comentó, la Comisión, por conducto de la Seduvi, presentará el asunto ante el Comité de Patrimonio Inmobiliario. Asimismo, solicitará a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, adscrita a la CEJUR, la elaboración y tramitación del decreto respectivo remitiendo, para ello, el expediente de expropiación.

Informó que este expediente contendrá la determinación de utilidad pública emitida por la titular de la Secgob; el acuerdo específico del Comité del Patrimonio Inmobiliario; la ubicación y superficie a expropiar; la cédula de inspección física y reporte fotográfico emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.

Asimismo, contendrá el levantamiento topográfico del bien inmueble elaborado por la Seduvi y el certificado de libertad de gravámenes, expedido por el RPPyC. El expediente comprenderá también la constancia de antecedentes registrales proporcionado por el RPPyC; la acreditación de suficiencia presupuestal debidamente firmada por la autoridad que corresponda a efecto de garantizar el pago de la indemnización constitucional.

Añadió, solventado lo anterior, la Comisión remitirá el expediente técnico de expropiación a la CEJUR, a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. Entonces, se iniciará y substanciará el procedimiento de expropiación de conformidad con lo establecido en la Ley de Expropiación y demás normatividad aplicable.

About The Author

Deja un comentario

Nuestras Columnas

Nuestras Columnas

No pensábamos que fuese tan bueno

Su nombre es Jude Bellingham y es inglés. Tiene 20 años, lleva jugados 13 partidos con su club y ha anotado 13 goles. No es...

Desde Vigo

Madridismo a la distancia No sé si es un buen momento para hablar de lo que fue un partido espeso, trabajado, no diría difícil, pero...

Madridismo a la distancia

Desde Almería Hay que recordar la máxima de la competición: no es cómo empieza, sino cómo termina. El Real Madrid ganó en Almería y da...

Madridismo a la distancia

Desde San Mamés Va por delante que nunca he escrito una reseña sobre un partido de fútbol, menos del Real Madrid. Sucede que durante los...

Una última copa de Europa, por favor.

Ha llegado el momento de preguntarse cómo se despide a unos tipos que son mito del Real Madrid. ¿Cuál es la mejor manera de darles...

Suscríbete y forma parte de la Agencia Avenida Juárez

[mc4wp_form id="246"]

Descubre más desde Avenida Juárez

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo