Mié. May 27th, 2026

Piden Trabajadores del PJCDMX mayores medidas protectoras contra Covid-19

BLAS A. BUENDÍA (¨)

A través del Oficio DJ-78/2020, el Sindicato Único de Trabajadores del Poder Judicial de la Ciudad de México que encabeza el Doctor Diego Valdez Medina, pidió al Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia de la República Mexicana, adoptar medidas protectoras expresas para prevenir enfermedades de manera oportuna y eficaz en áreas administrativas ante cualquier rebrote de la Pandemia Covid-19.

Dirigido al presidente del Poder Judicial capitalino, Doctor Rafael Guerra Álvarez, el sindicato mayoritario del TSJCDMX, exhortó a las autoridades de este Órgano Autónomo, que a través del apoyo judicial, en particular, se realicen sus funciones con dos terceras partes del personal que conforman su plantilla, y una tercera parte sea dispersada para laborar, a menos que pueda realizar funciones en su domicilio o a distancia.

De igual manera, proporcionar medicamentos profilácticos para disminuir el peligro de contagio por la epidemia Covid-19 en esas áreas, la cual redundará en protección de la salud, vida y familias de los trabajadores.

Ello, agrega el Oficio, porque se ha advertido un incremento en el número de contagios en Órganos Jurisdiccionales, unidades de gestión judicial, unidades administrativas y de apoyo judicial, pese a las medidas preventivas tomadas al efecto, sin que estas últimas cuenten con fundamento expreso para disfrutar de las mismas medidas profilácticas de Órganos Jurisdiccionales y unidades de gestión judicial.

En efecto, destacó el sindicato del Poder Judicial-CDMX, en el caso de Unidades Administrativas y de Apoyo Judicial, se ha advertido que en diversas áreas no se cumple la pretensión de laborar con dos tercera partes del personal que integra la plantilla, como se ordenó por acuerdo del Consejo de la Judicatura de la CDMX 06-19/2020, a fin de evitar aglomeraciones y motivar el trabajo a distancia en la medida en que refiere sus titulares, solo se aplica a órganos jurisdiccionales y Unidades de Gestión Judicial, conforme al párrafo 4 de la foja 10, de ese Acuerdo.

En este contexto, el Oficio en referencia demanda privilegiar los casos de personas que se encuentren en grupo vulnerable de contagio, conforme se señaló en el presente acuerdo, por lo que durante la vigencia del mismo, se suspenderá el registro de asistencia del personal de dichas áreas, dejando bajo la responsabilidad de él o a la titular, el informar cualquier falta injustificada.

Ante la buena relación existente entre ambas partes, se prevé que no haya tratos diferenciales a los trabajadores de la misma institución, con violación a la igualdad de las personas ante la ley y discriminación, cuando las autoridades tienen la obligación de proteger, salvaguardar y tutelar sus derechos humanos y laborales, conforme al control difuso previsto en la Constitución Federal.

(*) Reportero Free Lance
filtrodedatospoliticos@gmail.com

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